Ley 21.534: qué exige para transmitir las sesiones del concejo y del consejo regional
La Ley 21.534 obliga a los concejos municipales y a los consejos regionales a transmitir en simultáneo sus sesiones públicas y a publicar sus grabaciones. Esta guía resume lo que dice el texto publicado en el Diario Oficial y qué necesita la sala para cumplirlo.
La Ley 21.534, publicada en el Diario Oficial el 31 de enero de 2023, exige que las sesiones públicas de los concejos municipales y de los consejos regionales se transmitan en simultáneo con imagen y voz, que el enlace a la grabación quede publicado dentro de las 72 horas siguientes a la sesión y que la grabación se mantenga disponible al menos tres años.
Qué dice la Ley 21.534
La ley tiene dos artículos permanentes y uno transitorio. El artículo 1 agrega un inciso cuarto al artículo 37 de la Ley 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, que rige a los consejos regionales. El artículo 2 agrega un inciso sexto al artículo 84 de la Ley 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, que rige a los concejos municipales. Los dos incisos tienen el mismo texto:
«Las sesiones públicas deberán ser transmitidas simultáneamente, por cualquier medio electrónico capaz de emitir imagen y voz. Asimismo, deberán publicarse las grabaciones de las sesiones en la página web institucional y/o en alguna plataforma de libre acceso en internet, y se hará constar el enlace a ella en la página institucional o en otras plataformas oficiales de información al público, dentro de las setenta y dos horas siguientes a su celebración, y mantenerse disponibles por el plazo mínimo de tres años.»
El artículo transitorio dispone: «La presente ley entrará en vigencia dos meses después de la fecha de su publicación». La ley se publicó en el Diario Oficial el 31 de enero de 2023.
Las obligaciones, punto por punto
- A quién se aplica: a los concejos municipales (artículo 84 de la Ley 18.695) y a los consejos regionales (artículo 37 de la Ley 19.175).
- Qué sesiones: las sesiones públicas.
- Transmisión: simultánea, por cualquier medio electrónico capaz de emitir imagen y voz.
- Grabación: publicada en la página web institucional y/o en alguna plataforma de libre acceso en internet.
- Enlace: debe constar en la página institucional o en otras plataformas oficiales de información al público dentro de las 72 horas siguientes a la sesión.
- Plazo: las grabaciones deben mantenerse disponibles al menos tres años.
La ley no fija equipos, resolución, formato ni plataforma. El checklist que sigue es una recomendación técnica de ProAVCom para preparar la sala; no forma parte del texto legal.
Checklist técnico de la sala de sesiones
Para que la transmisión y la grabación se entiendan, cada intervención tiene que llegar limpia al audio y quien habla tiene que verse en la imagen. Estos son los cuatro bloques que revisamos en una sala de concejo o de consejo regional.
Audio por micrófono
- Un micrófono por puesto (concejales o consejeros, presidencia y secretaría), para que cada intervención quede en la transmisión y en la grabación.
- Unidad de presidente con prioridad para conceder y retirar la palabra.
- Salida de audio del sistema de conferencia hacia el equipo de transmisión y grabación (analógica, USB o Dante, según el equipo).
- Procesamiento DSP para nivelar las voces y evitar la realimentación (acople).
Cámara con seguimiento
- Cámaras PTZ que cubran todos los puestos y un plano general de la sala.
- Controlador de seguimiento que encuadre a quien tiene el micrófono abierto, a partir de la señal del sistema de conferencia.
- Conmutación entre cámaras sin cortes visibles en la transmisión.
Codificación y streaming
- Codificador, por hardware o software, que combine la imagen y el audio de la sala y los envíe a la plataforma que elija la institución.
- Conexión a internet estable para la transmisión, separada del uso general de la red cuando sea posible.
- Prueba de imagen y sonido antes de cada sesión.
Almacenamiento y publicación
- Grabación local de cada sesión como respaldo de la que guarda la plataforma.
- Espacio suficiente para mantener las grabaciones disponibles al menos tres años.
- Un procedimiento interno para publicar el enlace a la grabación dentro de las 72 horas siguientes a la sesión.
La publicación de las grabaciones y su resguardo los gestiona la municipalidad o el gobierno regional con su plataforma de video. ProAVCom integra el audio, las cámaras y la señal que llega a esa plataforma.
Qué se puede integrar sobre un sistema de conferencia existente
Si la sala ya tiene un sistema de conferencia, lo primero es revisar qué salidas de audio y de control ofrece el modelo instalado. Con esa información se define qué se suma y qué se mantiene.
- Audio para la transmisión: la unidad central Relacart CS-302M y el controlador inalámbrico Relacart WDC-903M tienen salida Dante, según sus fichas técnicas, y entregan el audio de los micrófonos a la grabación y al streaming.
- Seguimiento de cámaras: el controlador Vissonic VIS-CATC-A trabaja con presets de cámara o con la señal de los micrófonos del sistema de conferencia, y conmuta hasta 6 entradas de video sin cortes.
- Control de cámaras desde la unidad central: la CS-302M controla cámaras PTZ mediante protocolos estándar, según su ficha técnica.
- Votación: en salas con sistema Vissonic CLEACON cableado se pueden sumar unidades de votación como la VIS-DVC, compatible con el control CLEACON según su ficha.
La compatibilidad depende del fabricante y del modelo instalado. La verificamos con la ficha técnica antes de proponer una integración.
Fuentes
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo rige la Ley 21.534?
La ley se publicó en el Diario Oficial el 31 de enero de 2023. Su artículo transitorio dispone que entra en vigencia dos meses después de la fecha de su publicación.
¿A qué sesiones se aplica la Ley 21.534?
A las sesiones públicas de los concejos municipales y de los consejos regionales.
¿En qué plazo hay que publicar la grabación de la sesión?
La ley exige publicar las grabaciones en la página web institucional y/o en una plataforma de libre acceso en internet, y dejar constancia del enlace en la página institucional o en otras plataformas oficiales de información al público dentro de las 72 horas siguientes a la sesión.
¿Por cuánto tiempo deben quedar disponibles las grabaciones?
Por un plazo mínimo de tres años.
¿La ley exige una cámara o un equipo específico?
No. El texto habla de «cualquier medio electrónico capaz de emitir imagen y voz» y no fija equipos, resolución ni plataforma. Las características técnicas las define cada institución.
¿Hay que cambiar el sistema de conferencia para cumplir la ley?
No necesariamente. Si el sistema instalado tiene una salida de audio que se pueda usar, se le suman cámaras, seguimiento y codificación. Lo revisamos con la ficha técnica del modelo instalado.
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